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Coimbra | |
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estado | Minas Gerais |
país | Brazil |
capital | |
población | 0 |
código postal | 36550000 |
Coímbra (en portugués: Coimbra [kuˈĩbɾɐ] ) es una ciudad portuguesa, capital del distrito homónimo, en Beira Litoral, situada (solo para fines estadísticos de la UE) en la Región Centro y comunidad intermunicipal de Coímbra. Cuenta con 143 396 habitantes, de acuerdo con el censo de 2011.[1]
Coímbra es una ciudad atravesada por el río Mondego, de calles estrechas, patios, escaleras y arcos medievales. La ciudad fue la cuna del nacimiento de seis reyes portugueses y de la primera dinastía, así como de la primera Universidad de Portugal, siendo esta una de las más antiguas de Europa.
Varias estructuras arqueológicas de la ciudad datan de la época romana, entre ellas, el acueducto romano y el criptopórtico. Del mismo modo, aún permanecen muchos edificios que fueron construidos durante la época en que Coímbra fue la capital de Portugal (1131-1255). Durante la Baja Edad Media, con la disminución de su papel como el centro político del Reino de Portugal, Coímbra empezó a convertirse en un importante centro cultural.
Arras | |
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estado | Nord-Pas-de-Calais and Picardy |
país | France |
capital | |
población | 41322 |
código postal | 62000 |
Este artículo trata de las fianzas a cuenta de una operación de compraventa; para la ciudad picarda, véase Arrás (Paso de Calais).El contrato de arras o arras, también conocido como anticipo, es un contrato privado donde las partes pactan la reserva de la compraventa de bienes muebles o inmuebles (como podría ser una vivienda o un automóvil), entregándose como prueba una cantidad de dinero en concepto de señal. Forma parte de los denominados precontratos, dado que lo que se está contratando es la obligación de firmar un contrato (el de compraventa) en el futuro.
Existen tres tipos de arras en función de la intención de las partes:
Confirmatorias: como parte de pago del precio total. Si una de las partes no cumple, la otra puede exigirle el cumplimiento del contrato o su resolución y la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
Penitenciales: cantidad que perderá el comprador o deberá devolver dobladas el vendedor en caso de que no se realice la compraventa.
Penales: cantidad que perderá el comprador. No obstante, el comprador no se desliga de la obligación incumplida, que puede ser exigida coactivamente. A diferencia de las arras penitenciales, el vendedor no podrá desistir del contrato. No dejan de ser una cláusula penal entregada anticipadamente, luego se aplicará su normativa.En el Contrato de Arras[1] deberá aparecer todo lo acordado entre el comprador y el vendedor. Como regla general, este contrato deberá contemplar como mínimo:
Datos personales de comprador y vendedor, con sus correspondientes documentos de identidad.
Una descripción de la vivienda. Es evidente que si vamos a firmar un Contrato de Arras como paso previo al contrato de compraventa, tendrá que describirse la propiedad que queremos comprar para que no haya lugar a dudas.